sábado, 13 de octubre de 2012

Anteproyecto de Reforma del Código Penal

El Gobierno aprobó el Anteproyecto de Reforma del Código Penal que incluye la prisión permanente revisable, endurece las penas contra la pornografía infantil y castiga el matrimonio forzado

La reforma del Código Penal aprobada por el Consejo de Ministros, cuya finalidad es adecuar las sanciones a las conductas que se pretende castigar y ofrecer una mayor protección a las mujeres víctimas de violencia de género y a los menores, incluye las siguientes novedades:


Matrimonio forzado
Será delito y se penará con hasta 3 años de prisión obligar a contraer matrimonio bajo intimidación.


Hostigamiento
Se castigarán con hasta 2 años de prisión actos reiterados de acecho (llamadas telefónicas continuas), aunque no se produzca violencia.


Racismo y xenofobia
Serán delito la incitación al odio o la violencia contra las minorías por razones de raza, ideología, religión o etnia y la producción o distribución de materiales para incitar esas conductas.


Prostitución y pornografía infantil
Cualquier acto sexual con menores de 13 años será delito; se penará con hasta 3 años de prisión obligar a niños de esa edad a presenciar actos sexuales; serán pornografía infantil las imágenes de menores en actos sexuales, aunque sea un montaje.


Ocultación de bienes
La ocultación de bienes para obstaculizar la ejecución de una sentencia se considerará delito.


Imágenes íntimas
Se penará con hasta un año de prisión la difusión no autorizada de grabaciones o imágenes íntimas, aunque se obtengan con el consentimiento de la víctima.


Prisión permanente revisable
Se aplicará a delitos considerados muy graves. Supone el cumplimiento íntegro de la privación de libertad durante un periodo de entre 25 y 35 años (según el número y el tipo de delito cometido). Sólo a partir de ese momento, y si cumple determinados requisitos, el reo podrá obtener la libertad condicional. Si vuelve a delinquir, volverá a ingresar en prisión.


Custodia de seguridad
Es una medida privativa de libertad que se aplicará excepcionalmente al reo que, una vez cumplida la pena que le fue impuesta, siga siendo peligroso a juicio del tribunal. Su duración máxima son diez años.


Detención ilegal
Se sancionará con penas de entre 10 y 15 años (como el homicidio) la detención ilegal con desaparición cuando el reo no dé razón de lo ocurrido con la víctima.


Libertad condicional
El penado que acceda a la libertad condicional y vuelva a delinquir ingresará de nuevo en prisión para cumplir la parte de la pena que quedó en suspenso cuando fue excarcelado.


Supresión de faltas
Con el fin de descargar los juzgados, las faltas que no merecen reproche penal desaparecerán del Código Penal y se perseguirán por la vía civil o mediante la aplicación de la Ley de Seguridad Ciudadana. Otras (como el hurto por valor inferior a 1.000 euros) se convertirán en delito leve y se castigarán con penas de multa.

Multirreincidencia
Si hurto y robo se cometen por bandas organizadas, se impondrán entre uno y 4 años de prisión.

Orden público
Sólo se castigarán los mensajes que inciten a la comisión de algún delito de alteración del orden público, de actos de violencia. No la convocatoria a movilizaciones.

Incendios forestales
Aumentará hasta seis años de prisión la pena para los autores de incendios forestales especialmente graves. Si afectan a espacios naturales protegidos, hasta nueve. Ya no los juzgará el Jurado.

Esterilización
Ya no será delito la practicada a personas que carezcan de aptitud para dar su consentimiento. Se realizará con autorización del juez.

Comiso ampliado
Se amplía el catálogo de delitos a cuyos autores se podrá decomisar los bienes procedentes de actividades similares a las castigadas en sentencia, pero cometidas antes. A terrorismo y crimen organizado, se añaden tráfico de drogas, abuso de menores, prostitución o blanqueo.

Administración desleal
Se castigará la gestión desleal cometia mediante abuso o deslealtad por las personas que administran el patrimonio de terceros y le causan un perjuicio o crean una situación de peligro de pérdida de dicho patrimonio. El Gobierno tiene en la cabeza casos como el de las jubilaciones millonarias, aunque existen dudas sobre si se podrá aplicar la nueva pena con carácter retroactivo.