sábado, 15 de diciembre de 2012

Tasa Judiciales 2012. Impresos.

El Boletín Oficial del Estado publica hoy la orden ministerial HAP/2662/2012 del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y dispone los modelos formalizados para solicitar la auto liquidación y devolución de las tasas judiciales, con lo que éstas estarán en vigor ya desde el lunes.

La presente Orden entrará en vigor el día 17 de diciembre de 2012, aplicándose a los hechos imponibles que tengan lugar a partir de la entrada en vigor de la misma.
No obstante lo anterior, las disposiciones referentes al modelo 695 recogidas en los artículos 2, 4, 5, 9, 10 y 11 así como lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 12, en el apartado 2 del artículo 13 y en el artículo 14, entrarán en vigor el 1 de abril de 2013.
En caso de que las fechas señaladas en los apartados a) y b) del apartado 2 del artículo 2 de la orden sean anteriores al 1 de abril de 2013, el plazo de cuatro años para la presentación del modelo 695 previsto en el artículo 4, comenzará a contar desde dicha fecha.

Orden Ministerial HAP/2662/2012, de 13 de diciembre 2012


Ley 10/2012, de 20 de noviembre de 2012